La pareja que se vaya a casar, deben ir juntos a la Corte mas cercana y solicitar una forma para matrimonio. Debe ser llenada por ambas partes y poner la dirección postal exacta donde van a recibir la correspondencia. Si uno o ambos han sido anteriormente casados, deben conocer la fecha del divorcio. Pagar $93.50 y esperar a que les entreguen una nueva forma que contiene todos los datos básicos que requiere la Administración del Estado de La Florida para su control y estadística.
Una vez revisada por los novios esta nueva forma y ver que sus datos son correctos, pueden manifiestar que se quieren casar en esa misma Corte, o lo van a hacer por medio de alguna entidad religiosa (Sacerdote, Pastor Ministro etc.) o por medio de Notario Publico, en otro lugar distinto a la Corte.
Si quieren casarse en la Corte ese mismo dia: Los residentes en el Estado de La Florida, deben tener certificado de haber asistido a un cursillo prematrimonioal, dado por las Cortes o quienes ellos hayan indicado. O asistir al cursillo ese mismo dia donde lo diga la corte. Si no fuere asi, hay que esperar tres dias para que la boda sea celebrada.- Los visitantes pueden casarse inmediatamente.
Si por el contrario, Los novios quieren casarse fuera de la corte, retiran el documento que ya han pagado y revisado, para que una vez sea realizada la ceremonia por el Notario o la persona autorizada, los complete, certificando que ha celebrado ese matrimonio, refrendando con su frima y su numero de autorización para celebrar el acto, la ciuidad y condado donde fué celebrado y la dirección del celebrante. Una vez realizado el acto, y cumplidos los requistos comentados por el oficiante, éste debe enviar a la Corte que emitió el permiso ese original para ser registrado y protocolizado como tal.
En muchas cortes recomiendan que los novios regresen pesonalmente a las Cortes ese documentos una vez ha sido diligenciado por el oficiante o celebrante. Esto vá en contra del espiritu de la Ley, puesto que una obligacion del Notario o persona autorizada (religioso), leanlo bien, obligación, regresar ese documento a las cortes, ya que si unja pareja no registra su boda No quedan casados y su omisión deja la puerta abierta a fraudes entre parejas o a los que entregan a su hijo o hija con una "dote" en efectivo o bienes de facil realización. Haciendo esa diligencia de envio por el celebrante, no hay lugar a que se omita el registro. Hay algunas personas en las Cortes, que llegan a decir, que los novios con ese documento en la mano, aún haber sido celebrado el matrimonio, es como si ya estuvieran casados.- Esto No es cierto.- El matromonio, exige la solemnidad de la celebración y testimonio con su firma y sello del celebrante.
Este escrito ha sido realizado por fernando Giraldo, Notario Publico y Ministro metafísico que reside en Miami Beach y celebra bodas en el Condado de Dade y Broward.








